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Inspección Técnica de Edificios (ITE):

El 75% de los inmuebles antiguos «no pasaría la inspección técnica».

 

 

Las comunidades de propietarios de la Comunitat Valenciana adeudan a los administradores de fincas 2.000 millones de euros del año 2011 debido a la crisis económica, según ha afirmado hoy el presidente del Colegio Territorial de estos profesionales de Valencia y Castellón, José Vázquez.


Medio millar de profesionales de toda España se dan cita desde hoy y hasta el próximo sábado en el Palau de les Arts Reina Sofía de Valencia, que acoge el decimoséptimo Congreso Nacional de Administradores de Fincas, a la que ha asistido el presidente de Les Corts Valencianes, Juan Cotino.

 

En la Comunitat, según ha concretado Vázquez, los administradores gestionan unos 18.000 millones de euros anuales.


Respecto a la necesidad de que los edificios pasen una Inspección Técnica (ITE), Vázquez ha apuntado que en la Comunitat el 74% de los inmuebles de más de 50 años no pasaría esa inspección.

 

 

La Generalitat, según ha indicado, tiene ya muy avanzado un reglamento en el que se establecería la obligatoriedad de que las fincas pasaran esa ITE.


Por su parte, el presidente del Consejo General de Administradores de Fincas de España, Miguel Ángel Muñoz Flores, ha declarado que la crisis ha provocado la morosidad del 22 por ciento de las comunidades de propietarios en los últimos dos años.


Ese aumento no tiene en cuenta a los que ha calificado de "morosos profesionales", que en su opinión han existido siempre.
Pero ahora, ha señalado, la situación de los morosos es la de familias que han perdido el trabajo, que han bajado sus ingresos, que no reciben subvenciones públicas y que le ha llevado a depender de su familia o de los servicios sociales.

 


Muñoz Flores ha reclamado la colegiación de los profesionales de este sector y ha añadido que si el Gobierno legisla en sentido contrario "cometerá un error".
En ese sentido ha hecho hincapié en que el administrador de fincas, de quien ha resaltado su carácter de "profesional" de la materia, tiene un trabajo de "moderador" que evita muchas veces que los temas lleguen a los juzgados.

 


En España hay actualmente 15.300 administradores de fincas profesionales, que se encargan del 85 % de las comunidades de propietarios.
Muñoz Flores se ha mostrado además partidario, y así lo ha dicho durante el acto inaugural, de que el Gobierno "modifique suficientemente la normativa estatal para se acepte la dación en pago".

 


Ha señalado que "el prestamista", en alusión al banco que ha concedido la hipoteca, "ya tiene remuneración suficiente" con la entrega de la propiedad del inmueble.


De no ser así, ha resaltado, las personas que además de perder el piso deban hacer frente el pago del total de la hipoteca "son ciudadanos sin futuro durante su vida o parte de la de sus herederos".

ITE

Elementos del inmueble objeto de inspección

 

Dependiendo de las normativas locales, pueden ser susceptibles de revisión distintos elementos del inmueble, destacando:

 

 

Dictamen favorable de la Inspección Técnica de Edficios (ITE)

 

En el caso de que el edificio se encuentre en buenas condiciones, el resultado de la ITE será favorable y el propietario del inmueble, en su caso la comunidades de propietarios, no estará obligado a hacer obra alguna. Deberá presentarse en el Ayuntamiento el acta favorable de inspección.

Examinada la documentación por parte de la Administración, el expediente será archivado hasta la siguiente inspección, que por norma general se realizará transcurridos 10 años. Además, se procederá a la anotación del edificio en el Registro de edificios y construcciones.

 

 

Dictamen desfavorable de la Inspección Técnica de Edficios (ITE)

 

Una vez emitido el acta desfavorable de inspección y presentado en el ayuntamiento, los propietarios del inmueble, en su caso las comunidades de propietarios, deberán solicitar la correspondiente licencia municipal para acometer las obras de subsanación pertinentes. Si la solicitud de licencia no requiere de proyecto técnico, una vez terminadas las obras, se emitirá un certificado de idoneidad, firmado por un técnico competente, en el que se indique que se han subsanado los desperfectos, o en su defecto, un nuevo informe ITE con resultado positivo. En el caso de que las obras a acometer requiriesen de proyecto técnico, se deberá presentar el certificado final de obra, firmado por un técnico competente y visado en su correspondiente colegio profesional.

En muchos municipios es posible beneficiarse de subvenciones para la realización de las obras de subsanación de las deficiencias encontradas, con aportes que oscilan, según la ubicación del inmueble y las condiciones económicas del propietario, entre un 10 y un 30% del presupuesto.

Si no se ejecutasen las obras ordenadas, el Ayuntamiento podrá ordenar la ejecución sustitutoria de las mismas, lo que habitualmente conlleva un importante sobrecoste respecto del coste de ejecución ordinario.

 

 

Sanciones

 

Si transcurrido el plazo para presentar el acta de inspección técnica, el obligado no hubiera realizado la inspección, el órgano competente le ordenará la realización de la misma, otorgándole un plazo adicional para presentarla, con advertencia, en caso de incumplimiento, de la imposición de multas coercitivas, ejecución subsidiaria de la inspección técnica y la incoación del correspondiente procedimiento sancionador.

La cuantía de estas sanciones, oscila entre los 1.000 y 6.000 euros, además del importe derivado de la ejecución subsidiaria de la inspección técnica a costa del obligado. Si hubiere oposición, de los propietarios o moradores, a la práctica de la inspección, se solicitará el correspondiente mandamiento judicial para la entrada y realización de la inspección técnica.

 

05/2012
Las Provincias



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